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Condiciones de las Transferencias

Las solicitudes de transferencia serán aceptadas o negadas por el Consejo de Facultad, previa realización de la entrevista con la autoridad académica designada por el Decano de la División y de la Facultad. Toda solicitud de transferencia aprobada deberá ir acompañada del acta de transferencia con las asignaturas o créditos homologados y su calificación. La decisión será comunicada a los interesados a través del sistema de información adoptado por la Universidad.

Para que una asignatura sea homologada, se requiere que sus contenidos temáticos mínimos sean similares, el número de créditos académicos o intensidad horaria sean iguales o superiores a los del respectivo programa de la Universidad y haber sido aprobada con una calificación mínima de tres punto cinco (3.5) o un promedio ponderado de tres punto cinco (3.5), en las asignaturas por homologar o su equivalente.

Para tramitar la solicitud se requiere haber cursado y aprobado, por lo menos un semestre académico en la Universidad. En los programas presenciales, la Universidad homologará hasta un cincuenta por ciento (50%) del total, en créditos, o asignaturas del programa, en el que se espera ser admitido; en los programas a distancia de la Facultad de Ciencias y Tecnologías, se homologará hasta el setenta y cinco por ciento (75%). Lo anterior, sin perjuicio de los convenios de movilidad académica suscritos con otras instituciones de educación superior. Un porcentaje superior al señalado se podrá autorizar en casos especiales, previamente definidos en el Reglamento de cada Facultad o programa, debidamente aprobado por el Consejo Académico de la Sede o Seccional.

No son homologables, seminarios, cursos de extensión, diplomados y las asignaturas de carácter investigativo y práctico. En los programas de educación con registro calificado no son homologables las asignaturas fundamentales de los núcleos básicos, ni las excluidas según la política curricular de la Universidad.